miércoles, 4 de diciembre de 2019



APRUEBAN REGLAMENTO DEL RÉGIMEN DEL BENEFICIO DE FRACCIONAMIENTO DE MULTAS IMPUESTAS POR EL INDECOPI - RES N° 180-2019-INDECOPI/COD DE FECHA: 04/12/2019

Que, el Consejo Directivo mediante Acuerdo Nº 089-2019, del 25 de noviembre del 2019, ha aprobado el “Reglamento del Régimen del Beneficio de Fraccionamiento de Multas Impuestas por el Indecopi”, encomendando a la Presidencia del Consejo Directivo la emisión de la resolución correspondiente;
Con el visto bueno de la Gerencia General, de la Gerencia Legal, de la Gerencia de Administración y Finanzas, de la Subgerencia de Finanzas y Contabilidad; y,
De conformidad con lo dispuesto en los literales f) y h) del numeral 7.3 del artículo 7 de la Ley de Organización y Funciones del INDECOPI, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1033 y sus modificatorias; y en cumplimiento de las funciones otorgadas mediante los literales a) y h) del artículo 7 del Reglamento de Organización y Funciones del INDECOPI;

RESUELVE:

Artículo 1º.- Aprobar el “Reglamento del RÉGIMEN DEL BENEFICIO DE FRACCIONAMIENTO DE MULTAS IMPUESTAS POR EL INDECOPI”, que forma parte integrante de la presente resolución.
Artículo 2º.- Derogar la Resolución de la Presidencia del Consejo Directivo del INDECOPI Nº 093-2015-INDECOPI/COD, que aprobó el Reglamento del Beneficio de Fraccionamiento de pago de las multas impuestas por los órganos resolutivos del Indecopi.
Artículo 3º.- Disponer que la presente resolución se publique en el Diario Oficial El Peruano y el reglamento aprobado, en el Portal Institucional del Indecopi (www.indecopi.gob.pe) y en la intranet de la Institución.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
IVO GAGLIUFFI PIERCECHI
Presidente del Consejo Directivo




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