NO SON DEDUCIBLES LOS GASTOS DE SEGUROS DE ACCIDENTES PARA LOS MIEMBROS
DEL DIRECTORIO - RTF 6280-5-2018 de 21-8-18
El Tribunal Fiscal en su sentencia 2018_5_06280 confirmó
la posición de la SUNAT al observar los gastos de una empresa eléctrica que
contrató una póliza de seguro contra accidentes personales de LOS DIRECTORES, POR CONSIDERARLOS QUE NO
ERAN TRABAJADORES DEPENDIENTES. Dichos gastos no encajaban en los
incisos c) o ll) del art. 37 de la LIR. Asimismo indicó que la única
responsabilidad de la empresa con el Directorio era el pago de las dietas por
su participación en las sesiones de Directorio, por lo que cualquier otro pago
era una liberalidad. Procedió el monto del reparo al pago por las primas de seguro.
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