Este martes 15 de julio vence
plazo para pago de Gratificación por Fiestas Patrias
Este miércoles 15 de julio vence el plazo para abonar
a los trabajadores del sector privado el pago de la gratificación por Fiestas
Patrias.
La
gratificación no tendrá el descuento del aporte previsional (13%), ya sea al SNP
o a las AFP. El aporte que el empleador debe efectuar a ESSALUD (9% sobre la
remuneración), será abonado como una bonificación extraordinaria.
En el
caso de los trabajadores afiliados a una empresa prestadora de salud (EPS), el
empleador no paga a ESSALUD el 9%, sino un 6.75% (la diferencia se paga a la
EPS).
El sueldo
de referencia es el que recibió el trabajador en junio. Si tuvo un aumento de
remuneración ese mes, también será tomado en cuenta. Reciben una gratificación
completa si el trabajador ha laborado los últimos seis meses, de enero a junio.
De lo contrario, el pago será proporcional al tiempo laborado.
Este
beneficio sí está afecto al pago del impuesto a la renta de quinta categoría
(trabajadores en planilla).
Base legal: Ley 27735, artículo 5º; D.S.
005-2002-TR.
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