lunes, 14 de julio de 2014

Medidas tributarias reducen monto de intereses moratorios y modifican monto de consumidor final en percepciones

La Ley N° 30230 recoge cambios tributarios reduciendo y/o limitando los intereses moratorios, y ajustando el monto del consumidor final en las percepciones, en los siguientes términos:
  • Elimina la capitalización de intereses moratorios aplicable desde el 31 de diciembre de 1998 hasta el 31 de diciembre de 2005.
  • Actualiza deudas tributarias cualquiera fuera el estado en que se encuentren, incluso en aplazamientos perdidos, comprendiendo a tributos administrados por la SUNAT, ESSALUD y ONP, se hubiera notificado o no las órdenes de pago o resoluciones; no pudiendo acogerse a los beneficios citados  los sentenciados o en proceso de delito tributario.
  • La actualización excepcional de las deudas tributarias son de aplicación inmediata, con excepción de la deuda que se encuentre impugnada administrativa o judicialmente, debiendo en todo caso presentar solicitud de acogimiento hasta el 31 de diciembre de 2014, con los requisitos que establezca la SUNAT, pagando la totalidad de la deuda sobre el acogimiento que solicite.
  • Dentro del plazo de 90 días hábiles se publicará el D.S. del MEF reglamentando los  beneficios citados.
  • Se modifica el artículo 33° del C.T. suspendiendo el cómputo de los intereses moratorios a partir del vencimiento de los plazos de reclamación y de apelación. No incluye a los procesos de demanda contenciosa administrativa. Este cambio rige a partir del 01 de enero de 2015.
  • Modifican el Régimen de Percepciones respecto a los importes para ser considerado consumidor final.

No hay comentarios:

Publicar un comentario