TRIBUNAL CONSTITUCIONAL SE PRONUNCIA A FAVOR DEL CRÉDITO POR REINVERSIÓN EDUCATIVO - D. Leg. 882
En la sentencia del Tribunal Constitucional recaída en el Expediente N° 02053-2013-PA/TC, ha resuelto:
1.- Declarar fundada la demanda y en consecuencia inaplicable a los demandantes lo dispuesto por el artículo único de la Ley 29766, con el pago de costos.
2.- Dejar sin efecto cualquier acto tendiente a impedir la aplicación del crédito tributario por reinversión en educación, en los términos expuestos en esta sentencia.
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