domingo, 10 de julio de 2016

VIDEO DETERMINÓ QUE FEDATARIA NO INTERVINO DIRECTAMENTE EN EL OPERATIVO, FUE EL ACOMPAÑANTE. NO PROCEDE CIERRE DE LOCAL - RTF 8914-3-2015

Se deja sin efecto cierre temporal de establecimiento, al haber perdido fehaciencia el acta probatoria que sustenta la comisión de la infracción, por cuanto según el video se aprecia que la fedataria no intervino directamente en la operación comercial sino su acompañante, lo que incluso ha sido reconocido por la Administración en la apelada, por lo que no se encuentra acreditada la comisión de la infracción.
http://www.mef.gob.pe/…/Tribun…/PDFS/2015/3/2015_3_08914.pdf

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