Actualización tributaria Lunes 04 de Octubre de
2021
INFORME N° 079-2021-SUNAT/7T0000:
LA SUBCUENTA 336 EQUIPOS DIVERSOS, QUE INCLUYE
EQUIPOS NO UTILIZADOS DIRECTAMENTE EN EL PROCESO PRODUCTIVO, SE ENCUENTRAN COMO
"MAQUINARIA Y EQUIPO"
La subcuenta 336 Equipos diversos, registrada en el Plan
Contable General Empresarial, que incluye los equipos no utilizados
directamente en el proceso productivo además de aquellos utilizados para el
soporte administrativo, se encuentran comprendidos en el término
"maquinaria y equipo" recogido en el artículo 5 del Decreto Legislativo
N.° 1488. https://www.sunat.gob.pe/legislacion/oficios/2021/informe-oficios/i079-2021-7T0000.pdf
PROYECTO 011 DE SUNAT QUE
MODIFICA TRANSITORIAMENTE PLAZO DE ENVIO DE FACTURA Y NOTA ELECTRÓNICA: La
SUNAT publicó en su Portal de Proyectos de Resolución lo siguiente:
Sustitúyase el párrafo 1.2 de la única disposición
complementaria final de la Resolución de Superintendencia N.°
000193-2020/SUNAT, en los siguientes términos:
“DISPOSICIÓN
COMPLEMENTARIA FINAL
Única.
Vigencia: 1.2
Los párrafos 3.1, 4.1 y 5.1 de los artículos 3, 4 y 5 de la presente resolución
entran en vigencia el 1 de enero de 2022.”
DISPOSICIÓN
COMPLEMENTARIA TRANSITORIA
ÚNICA.
Plazo de envío de la factura electrónica y de la nota electrónica vinculada a
esta por el periodo comprendido desde el 17 hasta el 31 de diciembre de 2021
No
aplica el plazo de remisión a la SUNAT o al OSE, según corresponda, que
establecen el inciso a) del numeral 12.1 del artículo 12
de la Resolución de Superintendencia N.° 097-2012/SUNAT, el primer párrafo del
inciso 12.2 del artículo 12 de la Resolución de Superintendencia N.°
182-2016/SUNAT y el párrafo 15.1 del artículo 15 de la Resolución de
Superintendencia N.° 117-2017/SUNAT.
Debe
realizar la remisión a la SUNAT o al OSE, según corresponda, en la fecha de emisión consignada en la factura electrónica
o en la nota electrónica vinculada a esta o incluso hasta en un plazo máximo de
tres días calendario contado desde el día calendario siguiente a esa fecha.
1.2 Transcurrido
el plazo indicado en el inciso b) del párrafo 1.1:
Tratándose
del SEE - Del Contribuyente y el SEE - SFS, lo remitido a la SUNAT no tendrá la
calidad de factura electrónica ni de nota electrónica, aun cuando hubieran sido
entregadas al adquirente o usuario.
Tratándose
del SEE - OSE, el OSE no puede realizar la comprobación material de las
condiciones de emisión de lo recibido y, en consecuencia, lo que reciba no
tendrá la calidad de factura electrónica ni de nota electrónica, aun cuando
hubieran sido entregadas al adquirente o usuario.
1.3 Tratándose
de la factura electrónica y la nota electrónica comprendidas en el párrafo 1.1,
se considera el plazo que establece el inciso b) de dicho párrafo, para efecto
de la aplicación de lo dispuesto en el inciso b) del numeral 10.5 del artículo
10 y en el último párrafo del numeral 14.1 del artículo 14 de la Resolución de
Superintendencia N.° 097-2012/SUNAT; el literal b) del inciso 8.5 del artículo
8, el inciso 9.2 del artículo 9 y el último párrafo del artículo 11 de la
Resolución de Superintendencia N.° 182-2016/SUNAT y el inciso f) del párrafo
13.1 del artículo 13 de la Resolución de Superintendencia N.° 117-2017/SUNAT
https://www.sunat.gob.pe/legislacion/proyectos-ti/2021/octubre/011021/caratula.html
AJUSTAR
FRANJA DE PRECIOS Y PRODUCIR FERTILIZANTES: Luego de más de 50 años de la primera, el presidente de la República,
Pedro Castillo, anunció ayer de forma oficial el lanzamiento de la segunda
reforma agraria. Desde la fortaleza de Sacsayhuamán, en Cusco, el mandatario
brindó detalles de los nueve ejes que se implementarán en esta política que
busca promover la inclusión social de los 2,2 millones de agricultores.
Asimismo, un cambio que se implementará para mejorar la protección a la
producción nacional de la competencia desleal de alimentos importados será
realizar ajustes a la franja de precios, el cual se estaría concretando en las
próximas semanas.
https://larepublica.pe/economia/2021/10/04/segunda-reforma-agraria-ajustar-franja-de-precios-y-producir-fertilizantes-pedro-castillo/
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