jueves, 2 de julio de 2020

EL PERUANO JUEVES 02 DE JULIO DE 2020

OTORGAMIENTO Y PAGO DE PENSIONES A CARGO DE LA OFICINA DE NORMALIZACIÓN PREVISIONAL (ONP) A LOS AFILIADOS QUE SE ENCUENTRAN EN SITUACIÓN DE RIESGO EN EL MARCO DE EMERGENCIA POR EL COVID-19
D.U. N° 077-2020 FECHA: 02/07/2020
Se establece medidas extraordinarias y temporales, para la atención de los afiliados y/o pensionistas de la Oficina de Normalización Previsional (ONP) y el otorgamiento de la pensión provisional en el régimen de pensiones del Decreto Ley N° 19990; así como para la administración y pago por parte de la ONP, de las pensiones en el régimen pensionario del Decreto Ley N° 20530, de los pensionistas de las Unidades Ejecutoras (UE) a cargo del Ministerio de Educación (MINEDU) y de las Sociedades de Beneficencia a cargo de los Gobiernos Locales, en el marco de la emergencia sanitaria producida por el COVID-19.

MODIFICAN REGLAMENTO QUE FORTALECE Y EXTIENDE LA ACCESIBILIDAD AL CERTIFICADO ÚNICO LABORAL PARA JÓVENES
D.S. N° 016-2020-TR FECHA: 02/07/2020
Priorizan el canal virtual para la gestión de dicho certificado, y acotar sus procedimientos, desestimando en ese sentido la verificación de identidad biométrica que es presencial. Asimismo, se precisa que El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo debe implementar, en un plazo no mayor de 30 días, en el portal web del Servicio Nacional del Empleo, www.empleosperu.gob.pe, los módulos o adecuaciones que permitan el proceso de obtención del Certificado Único Laboral para Jóvenes – CERTIJOVEN.

APRUEBAN DOCUMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES PROVISIONAL DE LA SUNAT
RES N° 109 -2020/SUNAT FECHA: 02/07/2020
Aprueban Documento de Organización y Funciones Provisional – DOFP de la SUNAT y sus anexos A, 1 y 2 que contienen la clasificación de las Intendencias de Aduanas, la estructura orgánica y el organigrama de la SUNAT. La aprobación de este documento tiene por objeto modernizar la organización, estableciendo procesos integrados y una estructura simple y ágil que responda a los objetivos estratégicos de mejora del cumplimiento tributario y aduanero, reducción de los costos de cumplimiento de las obligaciones tributarias y aduaneras, y reducción del fraude aduanero. Se prevé su entrada en vigencia a partir del 1-8-20.

PRORROGAN PLAZO PARA REALIZAR PROTESTO DE TÍTULOS VALORES QUE SE ENCUENTREN EN PODER DE ENTIDADES SUJETAS AL CONTROL DE LA SBS Y CUYOS OBLIGADOS AL PAGO DOMICILIAN EN EL TERRITORIO DE LA REPÚBLICA DEL PERÚ O CUYO PROTESTO DEBÍA LLEVARSE A CABO EN DICHO TERRITORIO
RESOLUCION SBS N° 1747-2020 FECHA: 02/07/2020
La prórroga es aplicable a todo título valor que, al 11-3-20, se encontraba con plazo vigente para ser protestado pero que, como consecuencia del estado de emergencia vigente, no pudo ser protestado dentro de los plazos establecidos por la Ley de Títulos Valores, y será extensible para todo título valor cuyo vencimiento del plazo de realización del protesto ocurra hasta el 7-8-20, inclusive.



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