viernes, 14 de diciembre de 2018


RECORDATORIO: PAGO DE GRATIFICACIÓN POR NAVIDAD VENCE EL 15.12.2018

El plazo del pago de las gratificaciones vencerá el sábado 15 de diciembre. En el caso de trabajadores afiliados a una Empresa Prestadora de Salud (EPS) la bonificación extraordinaria será el 6.75% del monto de la gratificación.
Los trabajadores de la actividad privada, además percibirán como bonificación extraordinaria el 9% sobre dicha gratificación, que los empleadores dejarán de aportar a Essalud según la Ley Nº 30334, que desgravó permanentemente este beneficio.
Cada trabajador de la actividad privada recibirá un sueldo íntegro, siempre que haya laborado el semestre completo (julio-diciembre 2018), pero el cálculo previo es de Junio al 30 de noviembre de 2018; y además percibirá el 9% como “bonificación extraordinaria”, con lo cual, considerando el 13% que dejarán de aportar por concepto de pensiones a la ONP-AFP.
En estos casos, la empresa podrá deducir como crédito fiscal el IGV que hubiera pagado con motivo de la compra de dichos bienes; y además será importante considerar el importe en la planilla de pago de remuneraciones del trabajador como concepto no remunerativo.
Deberá emitirse una boleta de venta, toda vez que constituye una entrega de bienes a título gratuito. Además, la entrega de estos productos a los trabajadores se encuentra gravado con el IGV por tratarse de retiro de bienes, es decir, no es un crédito fiscal.
El monto de los bienes repartidos se considera renta de quinta categoría para el trabajador.
El importe en referencia, asimismo, no está gravado con aportes o contribuciones sociales como AFP, ONP o Essalud, al no calificar como remuneración para estos efectos.

MULTAS: De no cumplir con el depósito de manera íntegra o dentro del plazo establecido la empresa será sancionada con una multa que podría oscilar entre las 1.35 (5,602.50 soles) y 22.5 Unidades Impositivas Tributarias (UIT) (93,375 soles), dependiendo de la cantidad de trabajadores afectados con el incumplimiento.

No hay comentarios:

Publicar un comentario