CRITERIOS
DE FOCALIZACIÓN TERRITORIAL Y OBLIGACIÓN DE INFORMAR INCIDENCIAS DE SERVICIOS
PRESTADOS A EMPRESAS (SOPORTE Y SERVICIOS PROFESIONALES DE TECNOLOGÍA DE LA
INFORMACIÓN) - R.M. N° 161-2020-PRODUCE FECHA: 19/05/2020
La aprobación sectorial específica de
reanudación de actividades está a cargo del Despacho Viceministerial de MYPE e
Industria y se emite en un plazo de 1 día calendario, contado a partir de la
presentación de su solicitud, mediante medios físicos, electrónicos o
digitales.
REINICIO
DE ACTIVIDADES DE EMPRESAS OPERADORAS DE SERVICIOS PÚBLICOS DE
TELECOMUNICACIONES - RES. N° 00042-2020-PD/OSIPTEL FECHA: 18/05/2020
Conforme al “Protocolo Sanitario
Sectorial para la Prevención del COVID-19, para los Servicios de
Telecomunicaciones”, aprobado por la R.M. 258-2020-MTC/01, en materia de
atención a los usuarios, medidas para la contratación de los servicios públicos
de telecomunicaciones y las actividades que se pueden realizar de manera
presencial.
OSINERGMIN
SUPERVISA QUE FACTURACIÓN DE RECIBOS DE LUZ: Osinergmin
informó que viene supervisando los procesos de facturación realizados por las
empresas eléctricas a nivel nacional, con la finalidad de verificar que cumplan
con las normas vigentes y evitar que se cometan excesos. Ante la inmovilización
por la situación sanitaria en nuestro país, el Poder Ejecutivo publicó el
Decreto de Urgencia 035-2020, que faculta a las empresas eléctricas a facturar
los consumos promedios calculados sobre la base de los últimos seis meses de
consumo. Posteriormente, deberán realizar la lectura de los consumos reales en
campo y realizarán la respectiva liquidación y sinceramiento de los consumos. "Algunas
empresas eléctricas ya han iniciado la toma de lecturas en campo, por lo que
nos mantenemos vigilantes para que la facturación y liquidación de los consumos
se realice de manera adecuada y los usuarios paguen por lo que efectivamente
han consumido", indicó Carlos Villalobos, gerente de Supervisión Regional
de Osinergmin.
(Gestión Pág. Web El Comercio Pág. Web Agencia Andina - )
CONTROL
DE PRECIOS A LA VISTA: Desde que
se inició el estado de emergencia hasta la fecha, un sector de la población ha
expresado su malestar debido al incremento de precios en alimentos, medicinas y
otros productos. Este viernes 22, el pleno del Congreso -según lo acordado en
la Junta de Portavoces- debatirá un proyecto consensuado por diversas bancadas
para sancionar a quienes realicen acaparamiento o especulación de precios en
épocas de desastres naturales o de emergencia. Cabe recordar que en el 2017,
durante la emergencia por el fenómeno de El Niño costero, el Congreso aprobó
sancionar hasta con seis años de cárcel a quienes incurran en estos actos e
incluso la adulteración. Sin embargo, la autógrafa fue observada por el
Ejecutivo. Ahora el debate en el Parlamento se retomará a través de un nuevo
texto sustitutorio que recogerá diversos aspectos de las propuestas presentadas
en la coyuntura del COVID-19. En el otro lado de la cancha, el Ejecutivo
también alista una propuesta que regule esta materia. ( Perú 21
Pág. 7 El Comercio Pág. 10 )
APP
PROPONE INICIATIVA PARA DECLARAR INTANGIBILIDAD DE RETIRO DEL 25% DE AFP: El primer vicepresidente del Congreso y
parlamentario de Alianza Para El Progreso (APP), Luis Valdez Farías, presentó
el proyecto de ley Nº5233, que establece la intangibilidad del retiro del 25 %
de las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) que se realicen en cuentas
bancarias. La iniciativa legislativa refiere que el retiro de fondos de AFP que
se realice mediante depósito a cuentas bancarias quedarán exceptuados de
cualquier tipo de cobro por deuda o embargo. "El Banco Central de Reserva
del Perú, la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, Sunat serán las
entidades públicas encargadas de fiscalizar a las instituciones privadas de
cumplir con lo dispuesto en la presente norma", indica la propuesta. ( Agencia Andina - )
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