domingo, 28 de junio de 2020


SUNAT INCORPORA AL SISTEMA INTEGRADO DEL EXPEDIENTE VIRTUAL LOS EXPEDIENTES ELECTRÓNICOS DE ACCIONES INDUCTIVAS INICIADAS MEDIANTE ESQUELAS
RESOLUCION N.° 106 -2020/SUNAT  FECHA: 28/06/2020

El Sistema Integrado del Expediente Virtual (SIEV) permite:
a) A la SUNAT, gestionar y conservar los expedientes electrónicos de los procedimientos de cobranza coactiva, de los procedimientos de fiscalización parcial electrónica, de los procedimientos de fiscalización, de los cruces de información y de las acciones inductivas.
b) La presentación de solicitudes, informes y comunicaciones en el procedimiento de cobranza coactiva; de solicitudes y/o escritos electrónicos relativos al procedimiento de fiscalización y al cruce de información, así como la presentación de las solicitudes y de la sustentación de inconsistencias u omisiones referidas a las acciones inductivas, que regula esta resolución.
El SIEV garantiza la integridad e inalterabilidad de los documentos electrónicos que conforman el expediente electrónico.
Los trabajadores de la SUNAT que accedan a los expedientes electrónicos del SIEV están obligados a guardar reserva sobre la información comprendida en el artículo 85 del Código Tributario contenida en los referidos expedientes y de aquella correspondiente a datos personales.”
Única. Vigencia
La presente resolución entra en vigencia el 1 de agosto de 2020.

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