SUNAT INCORPORA AL SISTEMA INTEGRADO DEL EXPEDIENTE VIRTUAL LOS
EXPEDIENTES ELECTRÓNICOS DE ACCIONES INDUCTIVAS INICIADAS MEDIANTE ESQUELAS
RESOLUCION
N.° 106 -2020/SUNAT FECHA: 28/06/2020
El Sistema Integrado del
Expediente Virtual (SIEV) permite:
a) A la
SUNAT, gestionar y conservar los expedientes electrónicos de los procedimientos
de cobranza coactiva, de los procedimientos de fiscalización parcial
electrónica, de los procedimientos de fiscalización, de los cruces de
información y de las acciones inductivas.
b) La
presentación de solicitudes, informes y comunicaciones en el procedimiento de
cobranza coactiva; de solicitudes y/o escritos electrónicos relativos al
procedimiento de fiscalización y al cruce de información, así como la
presentación de las solicitudes y de la sustentación de inconsistencias u
omisiones referidas a las acciones inductivas, que regula esta resolución.
El SIEV
garantiza la integridad e inalterabilidad de los documentos electrónicos que
conforman el expediente electrónico.
Los trabajadores
de la SUNAT que accedan a los expedientes electrónicos del SIEV están obligados
a guardar reserva sobre la información comprendida en el artículo 85 del Código
Tributario contenida en los referidos expedientes y de aquella correspondiente
a datos personales.”
Única. Vigencia
La
presente resolución entra en vigencia el 1 de agosto de 2020.
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