miércoles, 10 de febrero de 2021

 

DIARIO OFICIAL EL PERUANO MIÉRCOLES 10 DE FEBRERO - SUNAT APRUEBA NUEVAS VERSIONES DE PDT

 

APRUEBAN NUEVA VERSIÓN DEL PDT PLANILLA ELECTRÓNICA - PLAME FORMULARIO VIRTUAL N° 0601 VERSIÓN 3.9, MODIFICA EL ANEXO 1: INFORMACIÓN DE LA PLANILLA ELECTRÓNICA APROBADO POR LA RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 121-2011-TR Y EL FORMULARIO DECLARA FÁCIL 621 IGV-RENTA MENSUAL - RES N° 020-2021/SUNAT DE FECHA 10/02/2021

 

Artículo 1.- Aprobación de una nueva versión del PDT Planilla Electrónica - PLAME, Formulario Virtual N.° 0601

Apruébese el PDT Planilla Electrónica - PLAME, Formulario Virtual N.° 0601 - Versión 3.9, a ser utilizado por:

a) Los sujetos a que se refiere el artículo 4 de la Resolución de Superintendencia N.° 183-2011/SUNAT obligados a cumplir con la presentación de la PLAME y la declaración de los conceptos referidos en los incisos del b) al m), o), p), r) y s) del artículo 7 de la mencionada resolución, a partir del período enero de 2021.

b) Aquellos sujetos que se encuentren omisos a la presentación de la PLAME y a la declaración de los conceptos del b) al m) y del o) al s) del artículo 7 de la Resolución de Superintendencia N.° 183-2011/SUNAT por los períodos tributarios de noviembre de 2011 a diciembre de 2020, o deseen rectificar la información correspondiente a dichos períodos.

El PDT Planilla Electrónica - PLAME, Formulario Virtual N.° 0601 - Versión 3.9, estará a disposición de los interesados a partir del 12 de febrero de 2021, siendo de uso obligatorio a partir de dicha fecha.

Artículo 2.- Modificación del Declara Fácil 621 IGV-Renta mensual

2.1 Modifíquese el formulario Declara Fácil 621 IGV-Renta mensual a efecto que los deudores tributarios del Régimen General comprendidos en los alcances de la Ley N.° 31110, Ley del régimen laboral agrario y de incentivos para el sector agrario y riego, agroexportador y agroindustrial, puedan elaborar y presentar la declaración mensual de sus pagos a cuenta del Impuesto a la Renta de tercera categoría, así como efectuar el pago de estos, de corresponder.

2.2 El formulario Declara Fácil 621 IGV-Renta mensual, modificado por la presente resolución, debe ser utilizado a partir del 10 de febrero de 2021, por los períodos a que se refiere la única disposición complementaria transitoria de la Resolución de Superintendencia N.° 335-2017/SUNAT, para presentar la declaración mensual y efectuar el pago de los conceptos a que se refiere el artículo 12 de dicha resolución, incluso si se trata de declaraciones sustitutorias y rectificatorias.

2.3 Dicho formulario virtual se encontrará a disposición de los deudores tributarios, a partir del 10 de febrero de 2021, en la opción Mis declaraciones y pagos.

Artículo 3.- No utilización del PDT N.° 621 IGV-Renta mensual

Los deudores tributarios a que se refiere el párrafo 2.1 del artículo 2 no podrán utilizar el PDT N.° 621 IGV-Renta mensual para la presentación de las declaraciones determinativas originales, sustitutorias o rectificatorias de los conceptos a que se refiere el artículo 12 de la Resolución N.° 335-2017/SUNAT por los periodos enero de 2021 en adelante, ni para efectuar el pago de estos.

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES

Primera.- Modificación del Anexo 1: Información de la Planilla Electrónica aprobado por la Resolución Ministerial N.° 121-2011-TR

Incorpórese el ítem 1.18 del numeral 1. Datos del empleador del rubro I. Del T-Registro (Registro de Información Laboral) del Anexo 1: Información de la Planilla Electrónica aprobado por la Resolución Ministerial N.° 121-2011-TR, conforme al siguiente texto:

“Anexo 1: Información de la Planilla Electrónica

(…)

1.18 Empleador sujeto al Régimen Laboral Agrario de la Ley N.° 31110 y tipo de actividad que realiza”.

Segunda.- Vigencia

La presente resolución entra en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”.

DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA MODIFICATORIA

Única.- Modificación de la Resolución de Superintendencia N.° 335-2017/SUNAT

Modifíquese el acápite i) del inciso 12.4.1 del párrafo 12.4 del artículo12 de la Resolución de Superintendencia N.° 335-2017/SUNAT por los siguientes textos:

“Artículo 12. DEL FORMULARIO DECLARA FÁCIL 621 IGV-RENTA MENSUAL

(…)

12.4 Para presentar el formulario Declara Fácil 621 IGV-Renta mensual el deudor tributario debe tener en cuenta, además de lo indicado en el artículo 6, lo siguiente:

(…)

12.4.1 (…)

i) Por el periodo a declarar no hubiera realizado operaciones gravadas con el IVAP, no goce del beneficio de estabilidad tributaria, no le sea aplicable alguno de los beneficios establecidos en la Ley N.° 31110, Ley del régimen laboral agrario y de incentivos para el sector agrario y riego, agroexportador y agroindustrial, ni la Ley N.° 27037, Ley de Promoción de la Inversión en la Amazonía, o no le hubiere sido aplicable alguno de los beneficios que establecía la Ley N.° 27360, Ley que aprueba las normas de Promoción del Sector Agrario.”

https://busquedas.elperuano.pe/download/url/aprueban-nueva-version-del-pdt-planilla-electronica-plame-resolucion-n-000020-2021sunat-1926441-1

 

 

APRUEBAN NUEVA VERSIÓN 5.1 DEL PDT ISC - FORMULARIO VIRTUAL N.° 615 - RES N° 019-2021/SUNAT DE FECHA 10/02/2021

Obtención de la versión 5.1 del PDT ISC - Formulario Virtual N.° 615

La versión 5.1 del PDT ISC - Formulario Virtual N.° 615 se encuentra a disposición de todos los interesados en el portal de la SUNAT en la Internet, cuya dirección electrónica es: http://www.sunat.gob.pe, a partir de la fecha de vigencia de la presente resolución de superintendencia.

Utilización de la versión 5.1 del PDT ISC - Formulario Virtual N.° 615

La versión 5.1 del PDT ISC - Formulario Virtual N.° 615 debe ser utilizada a partir de la fecha de vigencia de la presente resolución de superintendencia, independientemente del periodo al que corresponda la declaración, incluso si se trata de declaraciones sustitutorias o rectificatorias.

Vigencia: Entra en vigencia el 11 de febrero de 2021.

https://busquedas.elperuano.pe/download/url/aprueban-nueva-version-del-programa-de-declaracion-telematic-resolucion-n-000019-2021sunat-1926358-1

 

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