EL
PERUANO VIERNES 05 DE FEBRERO Y NOTICIAS DE INTERÉS
APRUEBAN CONTRATO DE
AFILIACIÓN AL SEGURO COMPLEMENTARIO DE TRABAJO DE RIESGO - SALUD (ENTIDADES
PRIVADAS) Y CONDICIONES DE AFILIACIÓN AL SEGURO COMPLEMENTARIO DE TRABAJO DE
RIESGO - SALUD (ENTIDADES PÚBLICAS) A CARGO DE ESSALUD RES N° 133-GG-ESSALUD-2021 FECHA:
05/02/2021
Se encuentra a cargo de
ESSALUD, a fin de establecer los formatos y los lineamientos orientados a
otorgar la cobertura del Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo frente a la
contingencia del accidente de trabajo y/o enfermedad profesional de los
trabajadores que realicen actividades de alto riesgo, en el sector privado y en
el sector público. Asimismo, se deja sin efecto la versión 02 de los formatos
de las Cláusulas Generales del “Contrato de Afiliación al Seguro Complementario
de Trabajo de Riesgo – Salud” Empresa, aprobado por Res. 22-GCAS-ESSALUD-2014. https://cutt.ly/fkz83bU
APRUEBAN DIRECTIVA D-003-2021-SUTRAN/06.1-003 PARA
ATENCIÓN DE SOLICITUDES DE ACOGIMIENTO AL PROGRAMA DE REGULARIZACIÓN DE
SANCIONES RES N°
D000011-2021-SUTRAN-SP FECHA: 05/02/2021 https://cutt.ly/PkzTEFO
SENTENCIAN A
CONTADOR COMO CÓMPLICE SECUNDARIO EN DELITO DE DEFRAUDACIÓN TRIBUTARIA - CORTE
SUPREMA DE JUSTICIA SALA PENAL PERMANENTE - RN 435-2018, JUNÍN
Como contador tenía
el control de la documentación de la empresa y fue quien elaboró las
declaraciones juradas, a pesar que sostuvo que desconocía la doble facturación
y que estaba al margen de la ordenación de las facturas. Su formación
profesional y su rol impiden la ajenidad sostenida.
Condenan a 3
años de pena privativa de libertad, suspendida condicionalmente por el plazo de
2 años y 165 días multa, así como al pago de 222,172 soles por concepto de
reparación civil y pena de inhabilitación de 4 meses para ejercer por cuenta
propia o por intermedio de tercero, profesión, comercio, arte o industria,
incluyendo contratar con el Estado.
Doble juego
de facturas de venta. Pagó a la SUNAT, sin embargo se canceló luego de
culminado el procedimiento de fiscalización, no antes de su inicio como exige
la Ley –o que la fiscalía inicie diligencias preliminares: Acuerdo Plenario
2–2009/CJ-116.
https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/02/RN-435-2018-Junin-LP.pdf
TRIBUNAL
CONSTITUCIONAL DECLARA INCONSTITUCIONAL LA LEY APROBADA POR EL CONGRESO QUE
PERMITE RETIRO DE APORTES DE LA ONP:
El Tribunal Constitucional (TC) declaró inconstitucional la Ley N° 31083
aprobada por el Congreso que autoriza el retiro de los aportes a la Oficina de
Normalización Previsional (ONP).La decisión de los miembros del TC fue por
unanimidad, según informó el colegiado a través de su cuenta oficial de
Twitter. El pasado 2 de diciembre, el Parlamento aprobó por insistencia la
autógrafa de ley que plantea la devolución de los aportes al D.L. N° 19990,
administrados por ONP. La norma planteaba autorizar el retiro de fondos de la
ONP por hasta una Unidad Impositiva Tributaria (UIT), equivalente a S/ 4,400,
por única vez y de manera excepcional a los aportantes activos e inactivos al
Sistema Nacional de Pensiones (SNP). Frente a esta decisión, el Ejecutivo
presentó una demanda de inconstitucionalidad contra la norma por considerar que
afecta el equilibrio del presupuesto público y perjudica al SNP. https://peru21.pe/politica/tc-el-congreso-jugo-por-puro-calculo-politico-con-los-afiliados-a-la-onp-noticia/
TC:
PENSIONISTAS DE ONP NO DEVOLVERÁN BONO DE S/. 900: El
fallo del Tribunal Constitucional (TC) que declara inconstitucional la ley
sobre el retiro de los aportes a la ONP deja en claro que no se devolverá el
bono de 900 soles pagado a los jubilados por el Ejecutivo, señaló la presidenta
de este organismo, Marianella Ledesma. "El pago que recibieron los
pensionistas en enero como bono no se devuelve, la sentencia del TC se
publicará el lunes y regirá después de su publicación en adelante",
apuntó. Ledesma refirió que el pleno del TC se pronunció por unanimidad a favor
de declarar inconstitucional la ley aprobada por insistencia en el Congreso,
porque es contraria a las reglas básicas de convivencia de la vida social
plasmadas en la Constitución.
https://andina.pe/agencia/noticia-tc-pensionistas-onp-no-devolveran-bono-s-900-832505.aspx
No hay comentarios:
Publicar un comentario