viernes, 5 de febrero de 2021

 

EL PERUANO VIERNES 05 DE FEBRERO Y NOTICIAS DE INTERÉS

 

APRUEBAN CONTRATO DE AFILIACIÓN AL SEGURO COMPLEMENTARIO DE TRABAJO DE RIESGO - SALUD (ENTIDADES PRIVADAS) Y CONDICIONES DE AFILIACIÓN AL SEGURO COMPLEMENTARIO DE TRABAJO DE RIESGO - SALUD (ENTIDADES PÚBLICAS) A CARGO DE ESSALUD  RES N° 133-GG-ESSALUD-2021   FECHA: 05/02/2021

Se encuentra a cargo de ESSALUD, a fin de establecer los formatos y los lineamientos orientados a otorgar la cobertura del Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo frente a la contingencia del accidente de trabajo y/o enfermedad profesional de los trabajadores que realicen actividades de alto riesgo, en el sector privado y en el sector público. Asimismo, se deja sin efecto la versión 02 de los formatos de las Cláusulas Generales del “Contrato de Afiliación al Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo – Salud” Empresa, aprobado por Res. 22-GCAS-ESSALUD-2014. https://cutt.ly/fkz83bU

 

APRUEBAN DIRECTIVA D-003-2021-SUTRAN/06.1-003 PARA ATENCIÓN DE SOLICITUDES DE ACOGIMIENTO AL PROGRAMA DE REGULARIZACIÓN DE SANCIONES  RES N° D000011-2021-SUTRAN-SP  FECHA: 05/02/2021   https://cutt.ly/PkzTEFO

 

SENTENCIAN A CONTADOR COMO CÓMPLICE SECUNDARIO EN DELITO DE DEFRAUDACIÓN TRIBUTARIA - CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA PENAL PERMANENTE - RN 435-2018, JUNÍN

Como contador tenía el control de la documentación de la empresa y fue quien elaboró las declaraciones juradas, a pesar que sostuvo que desconocía la doble facturación y que estaba al margen de la ordenación de las facturas. Su formación profesional y su rol impiden la ajenidad sostenida.

Condenan a 3 años de pena privativa de libertad, suspendida condicionalmente por el plazo de 2 años y 165 días multa, así como al pago de 222,172 soles por concepto de reparación civil y pena de inhabilitación de 4 meses para ejercer por cuenta propia o por intermedio de tercero, profesión, comercio, arte o industria, incluyendo contratar con el Estado.

Doble juego de facturas de venta. Pagó a la SUNAT, sin embargo se canceló luego de culminado el procedimiento de fiscalización, no antes de su inicio como exige la Ley –o que la fiscalía inicie diligencias preliminares: Acuerdo Plenario 2–2009/CJ-116.

https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/02/RN-435-2018-Junin-LP.pdf

https://lpderecho.pe/contador-complice-secundario-delito-defraudacion-tributaria-r-n-435-2018-junin/?fbclid=IwAR1quPJmdK-XoHKh9FmPvhI-JYciUF6nT07UmR5NILbJOsDpwdRl3BXbCFg

 

TRIBUNAL CONSTITUCIONAL DECLARA INCONSTITUCIONAL LA LEY APROBADA POR EL CONGRESO QUE PERMITE RETIRO DE APORTES DE LA ONP:
El Tribunal Constitucional (TC) declaró inconstitucional la Ley N° 31083 aprobada por el Congreso que autoriza el retiro de los aportes a la Oficina de Normalización Previsional (ONP).La decisión de los miembros del TC fue por unanimidad, según informó el colegiado a través de su cuenta oficial de Twitter. El pasado 2 de diciembre, el Parlamento aprobó por insistencia la autógrafa de ley que plantea la devolución de los aportes al D.L. N° 19990, administrados por ONP. La norma planteaba autorizar el retiro de fondos de la ONP por hasta una Unidad Impositiva Tributaria (UIT), equivalente a S/ 4,400, por única vez y de manera excepcional a los aportantes activos e inactivos al Sistema Nacional de Pensiones (SNP). Frente a esta decisión, el Ejecutivo presentó una demanda de inconstitucionalidad contra la norma por considerar que afecta el equilibrio del presupuesto público y perjudica al SNP. https://peru21.pe/politica/tc-el-congreso-jugo-por-puro-calculo-politico-con-los-afiliados-a-la-onp-noticia/

 

TC: PENSIONISTAS DE ONP NO DEVOLVERÁN BONO DE S/. 900: El fallo del Tribunal Constitucional (TC) que declara inconstitucional la ley sobre el retiro de los aportes a la ONP deja en claro que no se devolverá el bono de 900 soles pagado a los jubilados por el Ejecutivo, señaló la presidenta de este organismo, Marianella Ledesma. "El pago que recibieron los pensionistas en enero como bono no se devuelve, la sentencia del TC se publicará el lunes y regirá después de su publicación en adelante", apuntó. Ledesma refirió que el pleno del TC se pronunció por unanimidad a favor de declarar inconstitucional la ley aprobada por insistencia en el Congreso, porque es contraria a las reglas básicas de convivencia de la vida social plasmadas en la Constitución. https://andina.pe/agencia/noticia-tc-pensionistas-onp-no-devolveran-bono-s-900-832505.aspx

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