DIARIO
OFICIAL EL PERUANO VIERNES 12 DE FEBRERO 2021
TRÁMITE EN LÍNEA DE RESERVA DE PREFERENCIA REGISTRAL DE NOMBRE
DENOMINACIÓN O RAZÓN SOCIAL – RES. N°
001-2021-SUNARP/SA FECHA 12/02/2021
GOBIERNOS LOCALES
IMPLEMENTAN “GUÍA DE ACONDICIONAMIENTO DE ESPACIOS PÚBLICOS ABIERTOS A
CONSECUENCIA DE LA COVID-19” R.M. N°
062-2021-VIVIENDA FECHA: 11/02/2021
En el marco de lo
dispuesto en la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, para lo cual
identifican los espacios públicos abiertos para la aplicación de la citada
Guía, ejecutan su adecuación cuando corresponda y aprueban la delimitación y
las intervenciones que sean promovidas por personas naturales, entidades o
instituciones privadas; acondicionan los espacios públicos abiertos sin afectar
las zonas de evacuación establecidas, ni impedir o dificultar el acceso
peatonal, ni generar una mayor aglomeración de personas; cumplen los protocolos
sanitarios vigentes establecidos en el marco de la Emergencia Sanitaria por la
COVID-19; utilizan medios virtuales para dar a conocer las condiciones exigidas
para el uso, promoción y acondicionamiento de los espacios públicos abiertos;
cumplen con los protocolos de seguridad vial establecidos por las entidades
competentes; realizan el adecuado mantenimiento de los espacios públicos
abiertos, asegurando su limpieza y desinfección y del mobiliario urbano
existente, en coordinación con las juntas vecinales comunales (asociaciones de
vecinos, juntas vecinales, entre otros actores locales).
MEDIDAS
COMPLEMENTARIAS DESTINADAS AL FINANCIAMIENTO A MICRO Y PEQUEÑOS EMPRESARIOS POR
IMPACTO DEL COVID-19 D.U. 019-2021 de FECHA:
12/02/2021
Límite de la
garantía del PAE-MYPE
1 El límite de la garantía individual que otorga el
PAE-MYPE es para los créditos destinados únicamente a capital de trabajo de las
micro y pequeñas empresas (MYPE). Esta garantía otorgada a través de COFIDE a
las ESF y las COOPAC; se aplica de acuerdo con los siguientes porcentajes de
cobertura de la cartera por deudor, que se hace efectivo previo al castigo:
Monto de créditos (en soles) |
Garantía (%) |
Hasta S/ 20 000 |
98 |
De S/ 20
001 a S/ 60 000 |
90 |
2 La garantía se activa a los noventa (90) días
calendario de atraso de los créditos otorgados y el pago se realiza a los
treinta (30) días calendario, contados desde el día de la solicitud del
honramiento por parte de las ESF o COOPAC
3 En caso COFIDE provea el financiamiento a las ESF
y/o COOPAC, éste podrá ascender hasta por el 100 % del requerimiento aprobado
para dichas entidades.
4 Las garantías del PAE-MYPE solo cubren los nuevos
créditos que las ESF o las COOPAC otorguen a las MYPE que requieran financiar
la reposición de su capital de trabajo. Se considera nuevos créditos aquellos
que son otorgados por las ESF o las COOPAC desde el plazo que se establezca en
el Reglamento Operativo del PAE-MYPE.
Criterios de
elegibilidad de los beneficiarios del PAE-MYPE
1 Son elegibles como beneficiarios del
PAE-MYPE, las micro y pequeñas empresas que:
a) Obtengan créditos para capital de trabajo de manera
posterior a la entrada en vigencia del Reglamento Operativo del PAE-MYPE, según
los parámetros establecidos por la Superintendencia de Banca, Seguros y
Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS) para créditos a
microempresas y pequeñas empresas; o,
b) Hayan sido más afectadas por los recientes cierres
de actividades o hayan tenido un reinicio posterior o tardío de actividades.
Las actividades incluidas dentro de este criterio se establecen en el
Reglamento Operativo del PAE-MYPE.
c) Los mecanismos y/o medios de verificación de las
micro y pequeñas empresas (MYPE) se establecen en el Reglamento Operativo del
PAE-MYPE.
2 No son elegibles aquellas micro y
pequeñas empresas (MYPE) que:
a) Se encuentren vinculadas a las ESF o a las COOPAC
otorgantes del crédito, así como aquellas comprendidas en el ámbito de la Ley
Nº 30737, Ley que asegura el pago inmediato de la reparación civil a favor del
Estado Peruano en casos de corrupción y delitos conexos, así como cualquier
persona o ente jurídico sometida a procesos por delitos de corrupción y conexos
o cuyos representantes estén siendo investigados por dichos delitos; quedando
exceptuado los créditos de las personas o entes jurídicos que hayan cumplido
con el pago total de la reparación civil a que hubiera lugar y tengan la
condición de habilitadas para contratar con el Estado.
b) Se encuentren inhabilitados por el Tribunal
de Contrataciones del Estado.
3 Mediante Reglamento Operativo se pueden establecer
otros criterios de elegibilidad y exclusión como beneficiarios del PAE-MYPE.
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