Diario Oficial El Peruano Viernes 13 de Agosto
de 2021 y noticias de interés
LEY QUE PROMUEVE LA INDUSTRIALIZACIÓN DEL AGRO - LEY N° 31339 FECHA 13/08/2021: La finalidad es generar nuevos motores de crecimiento económico que lleven a la diversificación y la sofisticación económica, la reducción de la dependencia de los precios de materias primas, la mejora de la productividad, el aumento del empleo formal y de calidad, y un crecimiento económico sostenible de largo plazo. Encargan al Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego la elaboración del Plan Nacional de Competitividad Agroindustrial; el que se denominará COMPEAGRO. El COMPEAGRO será aprobado por resolución suprema con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros. El Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego presentará trimestralmente a las Comisiones Permanentes de Coordinación Interministerial (las CIAS) los avances y metas alcanzadas en la ejecución de COMPEAGRO.
Establecen que la Corporación Financiera de
Desarrollo S.A. (COFIDE) participe activamente en el desarrollo sostenible e
inclusivo del país, a través del financiamiento de la inversión y del sistema
financiero, con líneas de crédito para públicos y privados, con menores
intereses y mayores plazos. https://cutt.ly/yQGYZ2g
MODIFICAN
MANUAL DE CONTABILIDAD PARA COOPERATIVAS DE AHORRO Y CRÉDITO NO AUTORIZADAS A
CAPTAR RECURSOS DEL PÚBLICO DE NIVEL 2 Y 3 RESOLUCION N°
02354-2021 FECHA 13/08/2021: En el caso de las COOPAC, establecer que a la
parte de los créditos reprogramados que cuentan con la cobertura del Fondo de
Apoyo Empresarial a la MYPE, le resulta aplicable el mismo tratamiento
dispuesto a la parte de los créditos que cuentan con la cobertura del Fondo de
Apoyo Empresarial a la MYPE, a través de la Resolución SBS Nº 1765-2020. El
límite excepcional de cincuenta por ciento (50%) del patrimonio efectivo de las
COOPAC se aplica al total de las coberturas que otorgue el Fondo de Apoyo
Empresarial a la MYPE, sea que correspondan o no a créditos reprogramados en el
marco del DU Nº 029-2021, a favor de una misma COOPAC. https://cutt.ly/TQGY3rg
EL
TIPO DE CAMBIO NO SUBE POR ESPECULACIÓN: Entrevista
a Roque Benavides, expresidente de Confiep. ¿Qué piensa de la situación del
dólar que se disparó en las últimas semanas superando la barrera de los 4
soles? Es muy interesante cuando el discurso político socialista plantea
mejoras en la vida de la gente más pobre. Con esta disparada del tipo de
cambio, los que sufrieron más fueron los más humildes. Ejemplo, la suba del
precio del pollo, aquí el maíz se importa. Por lo tanto, si sube el precio del
maíz, sube el precio del pollo. El precio del aceite también ha subido y eso
tiene un impacto en la canasta familiar. El salario mínimo vital está en soles
y, cuando el tipo de cambio se dispara, los trabajadores reciben menos dólares
de los que recibían antes. La economía no tiene ideologías, de lo que se trata
es de que la estabilidad macroeconómica genere ese bienestar. El tipo de cambio
subiendo o no nos ayuda. Creo que tenemos que preocuparnos en que la población
y las percepciones del mercado nos permitan tener un tipo de cambio mucho más
equilibrado. https://www.expreso.com.pe/economia/roque-benavides-el-tipo-de-cambio-no-sube-por-especulacion/
SUNAT
PRESENTARÁ LISTA DE DEUDORES: El
presidente del Consejo de Ministros, Guido Bellido, anunció que la
Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat)
dará a conocer, en las próximas semanas, un reporte de todos los deudores del
país. Dijo que es importante que todas las empresas deudoras del país se pongan
a derecho y cumplan con sus obligaciones, tal como lo hizo Minera Buenaventura.
Enfatizó que el actual gobierno no se prestará a ninguna irregularidad respecto
de las obligaciones tributarias que deben ser honradas por los contribuyentes. https://larepublica.pe/economia/2021/08/13/guido-bellido-la-sunat-publicara-reporte-de-empresas-deudoras/
ATENCIÓN CON EL REGISTRO DE
CONTROL DE ASISTENCIA: TRABAJADORES QUE NO REALIZABAN LABORES INTERMITENTES –
NO EXCLUSIÓN DEL REGISTRO - Res. 709-2021-SUNAFIL/ILM de 5-5-21
El inspeccionado cometió la infracción imputada al no contar con el registro de control de asistencia de 306 trabajadores, siendo sancionado con multa. En su defensa señaló que se trataba de una empresa de intermediación laboral de servicios de vigilancia y que la normativa excluye de la jornada máxima a los trabajadores, a pesar de citar la Sentencia de Casación Nº 11085-2014-La Libertad, en la que la Corte Suprema estableció que los trabajadores que realizan labores con periodos de intermitencia están excluidos de la jornada máxima.
Pero de la revisión de lo actuado en
el procedimiento se ha verificado que los trabajadores no realizaban labores de
manera intermitente (alternada con lapsos de inactividad). Asimismo, el
inspeccionado no ha presentó pruebas que acrediten que los trabajadores
afectados desarrollaban labores de manera intermitente a los fines de excluirlos
del registro. https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/05/Resolucion-709-2021-Sunafil-intermediacion-registro-LP.pdf
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