REPARAN EL CRÉDITO
FISCAL DEL IGV, AL NO HABERSE ACREDITADO LA ENTREGA DE MEDICINAS A LOS
TRABAJADORES - RTF 6405-4-2018.
Mediante
RTF N° 2018_4_06405 el Tribunal
fiscal se pronunció a favor de la SUNAT indicando lo siguiente:
· - Las facturas de
compra de medicinas no acreditan por sí solas que los bienes hayan sido
destinados a los trabajadores.
· - Si bien en
diversos comprobantes de pago observados se observa una rúbrica, esta es
ilegible y no permite identificar los datos de la persona que habría recibido
los medicamentos, lo que no permite acreditar que se trate de trabajadores del
contribuyente.
·
No presentó documentos
de entrega de las medicinas a su personal ni los motivos que justifiquen su
entrega.
· . A pesar que las
normas sanitarias exijan a las farmacias la presentación de la receta médica
para la expedición de medicinas, no exime al contribuyente de acreditar la
causalidad del gasto.
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