martes, 17 de marzo de 2020



El Ministerio de la Producción, en el marco de los artículos N° 2 y N° 8 del Decreto Supremo N° 044-2020-PCM, hace de conocimiento público, que con el fin de asegurar la adquisición, producción y abastecimiento de bienes manufacturados de las cadenas productivas de alimentos, bebidas no alcohólicas, medicamentos lo que incluye su almacenamiento y distribución para la venta al público, se permitirá la circulación de personal mínimo indispensable que desarrollan las siguientes actividades:
  • Elaboración y entrega de materia prima e insumos básicos para la producción manufacturera (ingredientes, activos, aditivos y envases), lo que incluye la importación, procesamiento, almacenamiento, transporte, distribución y comercialización de dichos productos.
  • Adquisición, producción, almacenamiento, transporte, distribución y comercialización de alimentos (no restaurantes) y bebidas no alcohólicas (agua, jugos, néctares, etc ) para venta en público.
  • Adquisición, producción almacenamiento, transporte, distribución y comercialización de productos farmacéuticos y de primera necesidad.
  • Empresas que brinden servicios de agua, saneamiento, energía eléctrica, saneamiento, gas, combustible, telecomunicaciones, limpieza, recojo de residuos sólidos y servicios funerarios.
  • Mantenimiento de la inocuidad y calidad industrial.
  • Comercio mayorista y minorista (Mercados de Abastos, supermercados y bodegas).
Se hace un llamado a los empresarios Mype e industria, así como a los trabajadores del sector manufacturero a adecuar e implementar medidas excepcionales a fin de garantizar el abastecimiento de productos antes referidos. Asimismo, se enfatiza la necesidad de que implementen medidas de salubridad y racionalización en sus instalaciones para contribuir con las medidas de contención frente al coronavirus.
Finalmente, invocamos a las autoridades a brindar las facilidades para la implementación, con carácter de muy urgente, de estos lineamientos.
Consultas al siguiente correo electrónico: emergencia_nacional@produce.gob.pe
16 de marzo de 2020

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