martes, 24 de marzo de 2020


SUSPENDEN PLAZOS EN INSPECCIÓN DEL TRABAJO Y PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS EN SUNAFIL. ESTABLECEN FUNCIÓN INSPECTIVA EN ESTADO DE EMERGENCIA NACIONAL PARA PREVENIR LA PROPAGACIÓN DEL CORONAVIRUS (COVID-19) - Res N° 74-2020-SUNAFIL de fecha 24/03/2020

SUSPENSIÓN DE PLAZOS DEL SISTEMA DE INSPECCIÓN DEL TRABAJO
Disponer, excepcionalmente, la suspensión del cómputo de los plazos por treinta (30) días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación del Decreto de Urgencia N° 029-2020, de las actuaciones inspectivas y de los procedimientos administrativos sancionadores del Sistema de Inspección del Trabajo (SIT), a cargo de las instancias correspondientes de las Intendencias Regionales de la SUNAFIL, así como de las Gerencias o Direcciones Regionales de Trabajo y Promoción del Empleo de los Gobiernos Regionales.
Asimismo, disponer, excepcionalmente, la suspensión del cómputo de los plazos por treinta (30) días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación del Decreto de Urgencia N° 026-2020, de los procedimientos administrativos sujetos a silencio negativo o positivo del Sistema de Inspección del Trabajo (SIT), a cargo de las instancias correspondientes de las Intendencias Regionales de la SUNAFIL, así como de las Gerencias o Direcciones Regionales de Trabajo y Promoción del Empleo de los Gobiernos Regionales.

SUSPENSIÓN DE PLAZOS DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS EN LA SUNAFIL
Disponer, excepcionalmente, la suspensión por treinta (30) días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación del Decreto de Urgencia N° 029-2020, del cómputo de plazos de inicio y de tramitación de los procedimientos administrativos y procedimientos de cualquier índole que se encuentren sujetos a plazo, incluyendo a los procedimientos de acceso a la información pública, fraccionamiento del pago de multas y ejecución coactiva de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral – SUNAFIL.
Disponer, asimismo, a partir del 16 de marzo de 2020, la suspensión por quince (15) días, el cómputo de los plazos de procedimientos de selección y en materia de abastecimiento de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral – SUNAFIL, conforme a lo establecido en la Resolución Directoral N° 001-2020-EF-54.01.

FUNCIÓN DE LA INSPECCIÓN DEL TRABAJO
Establecer que la Inspección del Trabajo ejerce la función de vigilancia y exigencia del cumplimiento de las normas sociolaborales y de seguridad y salud en el trabajo a nivel nacional en el marco de las disposiciones temporales y excepcionales emitidas para prevenir y controlar la propagación del Coronavirus (COVID-19) durante la Emergencia Sanitaria y el Estado de Emergencia Nacional.

APROBACIÓN DE PROTOCOLO
Aprobar el Protocolo N° 003-2020-SUNAFIL/INII, denominado “PROTOCOLO SOBRE EL EJERCICIO DE LA FUNCIÓN INSPECTIVA, FRENTE A LA EMERGENCIA SANITARIA Y ESTADO DE EMERGENCIA NACIONAL PARA PREVENIR LA PROPAGACIÓN DEL CORONAVIRUS (COVID-19) EN EL TERRITORIO NACIONAL”, que como Anexo forma parte integrante de la presente resolución.


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