lunes, 13 de abril de 2020


APRUEBAN REGLAMENTO DEL PROGRAMA REACTIVA PERÚ – R.M. N° 134-2020-EF/15 de fecha 13/04/2020

CITAMOS ALGUNOS ASPECTOS COMO LA ELEGIBILIDAD DE LAS EMPRESAS DEUDORAS, CONDICIONES DE LOS PRÉSTAMOS, PLAZO DE VIGENCIA DE REACTIVA PERÚ, LISTA DE EXCLUSIÓN.


ELEGIBILIDAD DE LAS EMPRESAS DEUDORAS
NO PUEDEN OTORGARSE PRÉSTAMOS a las EMPRESAS DEUDORAS que se encuentren en cualquiera de las siguientes situaciones:
a) Tener deudas tributarias administradas por la SUNAT, exigibles en cobranza coactiva, mayores a una (01) UIT al 29 de febrero de 2020, correspondientes a periodos tributarios anteriores a 2020.
b) En caso de encontrarse clasificada en la Central de Riesgos de la SBS, si a febrero de 2020 menos del 90% de sus operaciones crediticias en el sistema financiero presentan calificación de “Normal” o “Con Problemas Potenciales” (CPP).
c) Empresas vinculadas a la ESF otorgante del PRÉSTAMO.
d) Estar comprendidas en el ámbito de la Ley N° 30737, Ley que asegura el pago inmediato de la reparación civil a favor del Estado peruano en casos de corrupción y delitos conexos.
e) Empresas dedicadas a, o que pretendan desarrollar, actividades o a la fabricación de productos señalados en la “Lista de Exclusión” que figura como Anexo 1 que forma parte del REGLAMENTO.

PUEDE OTORGARSE PRÉSTAMOS a las EMPRESAS DEUDORAS que se encuentren en cualquiera de las siguientes situaciones, y que no se encuentren inmersas en las situaciones señaladas en el numeral precedente:
a) Las que, a la fecha de solicitud del PRÉSTAMO, la deuda tributaria en cobranza coactiva no sea mayor a una (01) UIT.
b) En caso de encontrarse clasificada en la Central de Riesgos de la SBS y si a febrero de 2020, 90% o más de sus operaciones crediticias en el sistema financiero presentan calificación de “Normal” o “Con Problemas Potenciales” (CPP).
c) En caso no contar con clasificación a febrero de 2020, haber estado en una categoría de “Normal” considerando los 12 meses previos al otorgamiento del préstamo. Las que no cuenten con clasificación en la Central de Riesgos de la SBS en los 12 meses previos al otorgamiento del préstamo.
d) Empresas dedicadas a, o que pretendan desarrollar, actividades o a la fabricación de productos señalados que no estén en la “Lista de Exclusión” que figura en el Anexo 1 que forma parte del REGLAMENTO. Este requisito se cumple con la presentación de una declaración jurada de la EMPRESA DEUDORA cuya falsedad genere la aceleración de los PRÉSTAMOS, así como la ejecución de los colaterales y dicha ESF no puede otorgar dispensas al respecto.

CONDICIONES DE LOS PRÉSTAMOS
Las condiciones de los préstamos son:
a) Monto: El monto total de los PRÉSTAMOS a favor de una EMPRESA DEUDORA no excede de S/ 10,000,000.00 (diez millones y 00/100 soles).
b) Moneda: Los PRÉSTAMO son denominados en moneda nacional. La cancelación de las comisiones se realiza en moneda nacional.
c) Plazos y frecuencia de pagos: El plazo de los PRÉSTAMOS no puede exceder los treinta y seis (36) meses, que incluyen doce (12) meses de periodo de gracia, sin pago de principal e intereses. Los intereses correspondientes al periodo de gracia se prorratean durante el plazo remanente del PRÉSTAMO. Culminado el periodo de gracia el PRÉSTAMO se paga en cuotas mensuales iguales. Los plazos de pagos pueden reducirse a solicitud de la EMPRESA DEUDORA una vez otorgado el crédito, lo que es informado a COFIDE y al BCRP.
d) Tasa de Interés y comisiones: La tasa de interés del crédito refleja el costo del fondeo y el margen de la ESF. Esta tasa debe cumplir con las condiciones de las operaciones según establezca el BCRP.
La comisión por la GARANTÍA otorgada por el Gobierno Nacional incluye todos los costos de administración de COFIDE.
En el Anexo 3, que forma parte del REGLAMENTO, se detalla el Tarifario de REACTIVA PERU.

PLAZO DE VIGENCIA DE REACTIVA PERÚ
REACTIVA PERÚ tiene una vigencia de cuatro años, contados a partir de la suscripción del respectivo contrato. Dicho plazo incluye el plazo de liquidación del mencionado programa.

LISTA DE EXCLUSIÓN
Las EMPRESAS DEUDORAS que lleven a cabo o pretendan llevar a cabo, cualquiera de las actividades listadas a continuación no son objeto de financiamiento con cargo a REACTIVA PERÚ, tampoco el PRESTATARIO de recibir la garantía de REACTIVA PERÚ:
De forma general:
La EMPRESA DEUDORA no participará en procesos de producción o comercio de cualquier producto o actividad que se considere ilegal bajo las leyes o la normativa del país o bajo convenios y acuerdos internacionales ratificados, incluyendo las convenciones/legislación relativa a la protección de los recursos de biodiversidad o patrimonio cultural.
Y concretamente en las siguientes actividades:
VER LISTADO DE ACTIVIDADES Y DETALLE COMPLETO DE LA NORMA EN EL SIGUIENTE LINK:

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