APRUEBAN REGLAMENTO DEL PROGRAMA REACTIVA PERÚ – R.M. N° 134-2020-EF/15 de fecha 13/04/2020
CITAMOS ALGUNOS ASPECTOS COMO LA ELEGIBILIDAD DE LAS
EMPRESAS DEUDORAS, CONDICIONES DE LOS PRÉSTAMOS, PLAZO DE VIGENCIA DE REACTIVA
PERÚ, LISTA DE EXCLUSIÓN.
ELEGIBILIDAD DE LAS
EMPRESAS DEUDORAS
NO PUEDEN OTORGARSE PRÉSTAMOS a las EMPRESAS
DEUDORAS que se encuentren en cualquiera de las siguientes situaciones:
a) Tener deudas tributarias administradas por la SUNAT, exigibles
en cobranza coactiva, mayores a una (01) UIT al 29 de febrero de 2020, correspondientes
a periodos tributarios anteriores a 2020.
b) En caso de encontrarse clasificada en la Central de Riesgos de
la SBS, si a febrero de 2020 menos del 90% de sus operaciones crediticias en el
sistema financiero presentan calificación de “Normal” o “Con Problemas
Potenciales” (CPP).
c) Empresas vinculadas a la ESF otorgante del PRÉSTAMO.
d) Estar comprendidas en el ámbito de la Ley N° 30737, Ley que
asegura el pago inmediato de la reparación civil a favor del Estado peruano en
casos de corrupción y delitos conexos.
e) Empresas dedicadas a, o que pretendan desarrollar, actividades
o a la fabricación de productos señalados en la “Lista de Exclusión” que figura
como Anexo 1 que forma parte del REGLAMENTO.
PUEDE
OTORGARSE PRÉSTAMOS a las EMPRESAS DEUDORAS que se encuentren en cualquiera
de las siguientes situaciones, y que no se encuentren inmersas en las
situaciones señaladas en el numeral precedente:
a) Las que, a la fecha de solicitud del PRÉSTAMO, la deuda
tributaria en cobranza coactiva no sea mayor a una (01) UIT.
b) En caso de encontrarse clasificada en la Central de Riesgos de
la SBS y si a febrero de 2020, 90% o más de sus operaciones crediticias en el
sistema financiero presentan calificación de “Normal” o “Con Problemas
Potenciales” (CPP).
c) En caso no contar con clasificación a febrero de 2020, haber
estado en una categoría de “Normal” considerando los 12 meses previos al
otorgamiento del préstamo. Las que no cuenten con clasificación en la Central
de Riesgos de la SBS en los 12 meses previos al otorgamiento del préstamo.
d) Empresas dedicadas a, o que pretendan desarrollar, actividades
o a la fabricación de productos señalados que no estén en la “Lista de
Exclusión” que figura en el Anexo 1 que forma parte del REGLAMENTO. Este
requisito se cumple con la presentación de una declaración jurada de la EMPRESA
DEUDORA cuya falsedad genere la aceleración de los PRÉSTAMOS, así como la
ejecución de los colaterales y dicha ESF no puede otorgar dispensas al respecto.
CONDICIONES DE LOS
PRÉSTAMOS
Las condiciones de los préstamos son:
a) Monto: El monto total de los
PRÉSTAMOS a favor de una EMPRESA DEUDORA no excede de S/ 10,000,000.00 (diez
millones y 00/100 soles).
b) Moneda: Los PRÉSTAMO son
denominados en moneda nacional. La cancelación de las comisiones se realiza en
moneda nacional.
c) Plazos y frecuencia de pagos: El plazo de los PRÉSTAMOS no puede exceder los treinta y seis
(36) meses, que incluyen doce (12) meses de periodo de gracia, sin pago de
principal e intereses. Los intereses correspondientes al periodo de gracia se
prorratean durante el plazo remanente del PRÉSTAMO. Culminado el periodo de
gracia el PRÉSTAMO se paga en cuotas mensuales iguales. Los plazos de pagos
pueden reducirse a solicitud de la EMPRESA DEUDORA una vez otorgado el crédito,
lo que es informado a COFIDE y al BCRP.
d) Tasa de Interés y comisiones: La tasa de interés del crédito refleja el costo del fondeo y
el margen de la ESF. Esta tasa debe cumplir con las condiciones de las
operaciones según establezca el BCRP.
La comisión por la GARANTÍA otorgada por el Gobierno Nacional
incluye todos los costos de administración de COFIDE.
En el Anexo 3, que forma parte del REGLAMENTO, se detalla el
Tarifario de REACTIVA PERU.
PLAZO DE VIGENCIA DE
REACTIVA PERÚ
REACTIVA PERÚ tiene una vigencia de cuatro años, contados a partir
de la suscripción del respectivo contrato. Dicho plazo incluye el plazo de
liquidación del mencionado programa.
LISTA DE EXCLUSIÓN
Las EMPRESAS DEUDORAS que lleven a cabo o pretendan llevar a cabo,
cualquiera de las actividades listadas a continuación no son objeto de
financiamiento con cargo a REACTIVA PERÚ, tampoco el PRESTATARIO de recibir la
garantía de REACTIVA PERÚ:
De forma general:
La EMPRESA DEUDORA no participará en procesos de producción o
comercio de cualquier producto o actividad que se considere ilegal bajo las
leyes o la normativa del país o bajo convenios y acuerdos internacionales
ratificados, incluyendo las convenciones/legislación relativa a la protección
de los recursos de biodiversidad o patrimonio cultural.
Y concretamente en las siguientes actividades:
VER LISTADO DE ACTIVIDADES
Y DETALLE COMPLETO DE LA NORMA EN EL SIGUIENTE LINK:
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