Señores:
Se les recomienda que antes de solicitar el subsidio del 35% que piensan
tener sobre los trabajadores con remuneraciones mensuales hasta S/ 1,500, DEBEN EVALUAR
el efecto de la prorrata del Impuesto a la Renta. Puede salir un importe a
pagar de Impuesto a la Renta anual mayor al monto que el Gobierno subsidie a
las empresas.
Base legal: Inciso p) del artículo 21 del Reglamento del Impuesto a la
Renta.
Nota: Existe un pedido de los gremios para que excepcionalmente no se
aplique en este caso, pero a la fecha nada se ha publicado al respecto.
Atentamente,
Miguel Arancibia Cueva.
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