miércoles, 22 de abril de 2020


OBLIGATORIEDAD DE NOTIFICACIÓN VÍA CASILLA ELECTRÓNICA DEL MINISTERIO DE LA PRODUCCIÓND.S. N° 007-2020-PRODUCE de fecha 22/04/2020

OBLIGATORIEDAD DE LA NOTIFICACIÓN VÍA CASILLA ELECTRÓNICA
Dispóngase la obligatoriedad de la notificación vía casilla electrónica de los actos administrativos y actuaciones administrativas emitidas por el Ministerio de la Producción, que deban ser notificadas de acuerdo a la normatividad vigente.
APROBACIÓN DEL REGLAMENTO
Aprueban el Reglamento de notificación obligatoria vía casilla electrónica del Ministerio de la Producción, que cuenta con 13 artículos, 8 Disposiciones Complementarias Finales y 1 Disposición Complementaria Transitoria, que forma parte integrante del presente Decreto Supremo.
Artículo 3.- IMPLEMENTACIÓN DE LA NOTIFICACIÓN OBLIGATORIA VÍA CASILLA ELECTRÓNICA
La implementación de la notificación obligatoria vía casilla electrónica se realiza a través de la plataforma web del Sistema Informático de Notificación Electrónica del Ministerio de la Producción, la cual se constituye en la herramienta informática para el diligenciamiento de las notificaciones obligatorias del referido Ministerio.
ÁMBITO DE APLICACIÓN
Las disposiciones del presente Reglamento son de obligatorio cumplimiento para:
1.- Los órganos, las unidades orgánicas y los programas del Ministerio de la Producción que participan en los procedimientos administrativos o realizan actuaciones en el marco de cualquier actividad administrativa de competencia de la entidad.
2.- Los administrados que participan en los procedimientos administrativos de competencia del Ministerio de la Producción o son destinatarios de las actuaciones que este Ministerio realiza en el marco de sus actividades administrativas.
ASIGNACIÓN DE LA CASILLA ELECTRÓNICA
El Ministerio de la Producción asigna a los administrados, de manera obligatoria, una casilla electrónica, la cual se constituye en el domicilio digital para la notificación obligatoria de los actos administrativos y/o actuaciones administrativas emitidas en el marco de sus competencias. El trámite para la asignación de dicha casilla es regulado mediante Directiva.
ASIGNACIÓN DE CASILLA ELECTRÓNICA PARA ADMINISTRADOS CON PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS EN TRÁMITE
A partir de la entrada en vigencia del presente Reglamento, el Ministerio de la Producción establece los procedimientos administrativos en trámite en los cuales se asigna una casilla electrónica a los administrados que no cuenten con ella, de acuerdo al procedimiento que establezca para ello.
Una vez asignada la casilla electrónica al administrado, el Sistema de Notificación Electrónica le envía automáticamente su nombre de usuario y la clave de acceso al correo electrónico que conste en el expediente del procedimiento en trámite, para que en un plazo de 5 días hábiles valide sus datos y active su casilla electrónica.
En caso los administrados no realicen la validación de datos en el plazo indicado en el párrafo anterior, se entenderá que la información registrada en la casilla electrónica asignada por el Ministerio de la Producción es correcta, quedando habilitado el referido Ministerio para realizar notificaciones en dicha casilla.

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