OBLIGATORIEDAD DE NOTIFICACIÓN VÍA CASILLA ELECTRÓNICA DEL
MINISTERIO DE LA PRODUCCIÓN – D.S. N° 007-2020-PRODUCE de fecha 22/04/2020
OBLIGATORIEDAD DE LA NOTIFICACIÓN VÍA CASILLA
ELECTRÓNICA
Dispóngase
la obligatoriedad de la notificación vía casilla electrónica de los actos
administrativos y actuaciones administrativas emitidas por el Ministerio de la
Producción, que deban ser notificadas de acuerdo a la normatividad vigente.
APROBACIÓN DEL REGLAMENTO
Aprueban
el Reglamento de notificación obligatoria vía casilla electrónica del
Ministerio de la Producción, que cuenta con 13 artículos, 8 Disposiciones
Complementarias Finales y 1 Disposición Complementaria Transitoria, que forma
parte integrante del presente Decreto Supremo.
Artículo 3.- IMPLEMENTACIÓN DE LA NOTIFICACIÓN
OBLIGATORIA VÍA CASILLA ELECTRÓNICA
La
implementación de la notificación obligatoria vía casilla electrónica se
realiza a través de la plataforma web del Sistema Informático de Notificación
Electrónica del Ministerio de la Producción, la cual se constituye en la
herramienta informática para el diligenciamiento de las notificaciones
obligatorias del referido Ministerio.
ÁMBITO DE APLICACIÓN
Las
disposiciones del presente Reglamento son de obligatorio cumplimiento para:
1.-
Los órganos, las unidades orgánicas y los programas del Ministerio de la
Producción que participan en los procedimientos administrativos o realizan
actuaciones en el marco de cualquier actividad administrativa de competencia de
la entidad.
2.-
Los administrados que participan en los procedimientos administrativos de
competencia del Ministerio de la Producción o son destinatarios de las
actuaciones que este Ministerio realiza en el marco de sus actividades
administrativas.
ASIGNACIÓN DE LA
CASILLA ELECTRÓNICA
El
Ministerio de la Producción asigna a los administrados, de manera obligatoria,
una casilla electrónica, la cual se constituye en el domicilio digital para la
notificación obligatoria de los actos administrativos y/o actuaciones
administrativas emitidas en el marco de sus competencias. El trámite para la
asignación de dicha casilla es regulado mediante Directiva.
ASIGNACIÓN DE CASILLA
ELECTRÓNICA PARA ADMINISTRADOS CON PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS EN TRÁMITE
A
partir de la entrada en vigencia del presente Reglamento, el Ministerio de la
Producción establece los procedimientos administrativos en trámite en los
cuales se asigna una casilla electrónica a los administrados que no cuenten con
ella, de acuerdo al procedimiento que establezca para ello.
Una
vez asignada la casilla electrónica al administrado, el Sistema de Notificación
Electrónica le envía automáticamente su nombre de usuario y la clave de acceso al
correo electrónico que conste en el expediente del procedimiento en trámite,
para que en un plazo de 5 días hábiles valide sus datos y active su casilla
electrónica.
En
caso los administrados no realicen la validación de datos en el plazo indicado
en el párrafo anterior, se entenderá que la información registrada en la
casilla electrónica asignada por el Ministerio de la Producción es correcta,
quedando habilitado el referido Ministerio para realizar notificaciones en
dicha casilla.
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