martes, 28 de abril de 2020

SUNAFIL: SOLICITUDES DE SUSPENSIÓN PERFECTA DE LABORES PRESENTADAS ANTES DEL 15 DE ABRIL NO SERÁN PROCEDENTES Desde el viernes pasado, la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) cuenta con un protocolo para la verificación y fiscalización de las solicitudes de suspensión perfecta de labores (o licencia sin goce de haber) presentadas desde el 15 de abril, fecha en la que entró en vigencia el decreto que autoriza el uso de la figura laboral durante el estado de emergencia. Tanto el decreto de urgencia 038, como su reglamento, no hacían mención a las solicitudes presentadas antes de dichas publicaciones. Sin embargo, Edilberto Terry, superintendente de Sunafil, indicó a El Comercio que las solicitudes previas serán declaradas improcedentes. ( El Comercio Pág. Web Gestión Pág. 4 )



TRABAJADORES QUE ATIENDAN DELIVERY DE ALIMENTOS TIENEN QUE TENER CONTRATO LABORAL La ministra de Trabajo y Promoción del Empleo, Sylvia Cáceres, señaló que los trabajadores que hagan delivery de alimentos cuando el rubro de restaurantes reinicie operaciones, deben contar con un contrato laboral. Asimismo, indicó que tienen que cumplir estrictamente los protocolos sanitarios Refirió que el país realiza un gran esfuerzo con la cuarentena para contener la pandemia del coronavirus, y por ello el primer filtro en las empresas para volver a operar es el sanitario, que no solo va a ser verificado por la autoridad sanitaria sino también por la inspección de trabajo. ( Gestión Pág. Web Agencia Andina - )

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