SUNAFIL: SOLICITUDES DE SUSPENSIÓN PERFECTA DE LABORES
PRESENTADAS ANTES DEL 15 DE ABRIL NO SERÁN PROCEDENTES Desde el viernes pasado, la
Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) cuenta con un
protocolo para la verificación y fiscalización de las solicitudes de
suspensión perfecta de labores (o licencia sin goce de haber) presentadas
desde el 15 de abril, fecha en la que entró en vigencia el decreto que
autoriza el uso de la figura laboral durante el estado de emergencia. Tanto
el decreto de urgencia 038, como su reglamento, no hacían mención a las
solicitudes presentadas antes de dichas publicaciones. Sin embargo, Edilberto
Terry, superintendente de Sunafil, indicó a El Comercio que las solicitudes
previas serán declaradas improcedentes.
( El Comercio Pág. Web Gestión Pág. 4 )
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TRABAJADORES QUE ATIENDAN
DELIVERY DE ALIMENTOS TIENEN QUE TENER CONTRATO LABORAL La ministra de Trabajo y Promoción del Empleo,
Sylvia Cáceres, señaló que los trabajadores que hagan delivery de alimentos
cuando el rubro de restaurantes reinicie operaciones, deben contar con un
contrato laboral. Asimismo, indicó que tienen que cumplir estrictamente los
protocolos sanitarios Refirió que el país realiza un gran esfuerzo con la
cuarentena para contener la pandemia del coronavirus, y por ello el primer
filtro en las empresas para volver a operar es el sanitario, que no solo va a
ser verificado por la autoridad sanitaria sino también por la inspección de
trabajo. ( Gestión Pág. Web Agencia Andina - )
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