sábado, 25 de abril de 2020


MEDIANTE PROYECTO DE LEY 04887/2020-CR PROPONEN CREAR UN IMPUESTO TEMPORAL A “LAS GRANDES FORTUNAS”



Fue presentado por el Grupo Parlamentario FREPAP el 24-3-20, proponiendo crear un impuesto temporal directo solidario a las grandes fortunas con tasas del 0.22% al 3% de las personas naturales, jurídicas y grupos económicos.

Según el proyecto de ley, estarían obligados a pagar el impuesto:
  • PERSONAS NATURALES: Que hubieren obtenido durante el año fiscal ingresos a partir de S/ 1 000 000.00 o que tuvieren inmuebles cuyo valor ascendiera a dicho monto. En este caso, la tasa del impuesto sería del 0.22% al 1% del monto registrado.
  • PERSONAS JURÍDICAS, DE HECHO Y DE DERECHO: Que hubieren facturado durante el año fiscal ingresos a partir de S/ 10 000 000.00 o que tuviere un patrimonio inmobiliario en libros de ese monto. En este supuesto el impuesto sería del 1% al 2% del monto registrado.
  • GRUPOS ECONÓMICOS, DE HECHO Y DE DERECHO: Que hayan facturado durante el año fiscal ingresos a partir de S/ 50 000 000.00 o que su patrimonio inmobiliario tenga en libros tal monto. El importe del impuesto en ese caso, sería con tasas del 2% al 3% del monto registrado.


El Primer Ministro sostiene que el impuesto a crearse no sería uno que grave la riqueza, pues solo gravaría los ingresos de los contribuyentes y no sus patrimonios. Este impuesto tendría carácter temporal (lo que dure el brote del COVID-19) y se aplicaría de forma gradual a los contribuyentes. La propuesta legislativa difiere  a la del Poder Ejecutivo.


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