ESTABLECEN RETIRO DE S/. 2,000 DE LA CUENTA DE AFILIADOS AL SISTEMA
PRIVADO DE PENSIONES – D.U. N° 034-2020 de fecha 01/04/2020 Edición Extraordinaria
RETIRO EXTRAORDINARIO
DEL FONDO DE PENSIONES
Los
afiliados al SPP pueden realizar, por única vez, el retiro extraordinario de
hasta S/ 2 000,00 de su Cuenta Individual de Capitalización (CIC), siempre que,
hasta el 31 de marzo de 2020, no cuenten con acreditación de aportes
previsionales obligatorios a la referida cuenta, por al menos 06 meses
consecutivos.
Los
afiliados al SPP que cumplan con el requisito antes señalado, pueden presentar
su solicitud, ante su Administradora Privada de Fondos de Pensiones (AFP), de
manera remota o utilizando para ello los canales establecidos por cada AFP.
Las
AFP deben poner a disposición el pago del monto señalado, en el mes de abril.
En
caso la CIC cuente con un monto menor a S/ 2 000,00, la AFP debe poner a
disposición del afiliado, el íntegro de dicha cuenta, en el mes de abril.
La
Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de
Pensiones determina las condiciones de atención de solicitudes y pago de
afiliados, así como el procedimiento operativo para el cumplimiento de lo
dispuesto en el presente artículo.
VIGENCIA: Hasta
el 31 de diciembre de 2020.
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